Daniela de los Santos pide que las actas de nacimiento se entreguen en hospitales y centros de salud al momento de nacer

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La diputada Daniela De Los Santos pide que el Registro Civil entregue actas de nacimiento a las familias de los recién nacidos inmediatamente después de nacidos, para que su derecho a la identidad se garantice y no corra ningún riesgo.

“Además queremos garantizar el derecho de prioridad de niñas y niños, evitar gastos y traslados de las familias a las oficinas públicas, filas y, sobre todo, reducir al mínimo el número de niñas y niños que no se registran y por ende ven obstaculizado el ejercicio de sus derechos en la vida cotidiana”.

La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 19, establece el derecho que tienen de contar con nombre y los apellidos que les correspondan, así como a ser inscritos en el Registro Civil respectivo de forma inmediata y gratuita, y a que se les expida en forma ágil y sin costo la primer copia certificada del acta correspondiente. 

Contrario a la lógica, la misma ley dispone la obligación de registrarlos ante la oficialía de registro civil correspondiente dentro de los primeros sesenta días de vida. 

Ese plazo de 60 días no se cumple, pues de acuerdo al último estudio publicado por INEGI, solamente 38.3% de niñas y niños son registrados durante ese plazo en Michoacán, con lo que más del 60% estarían fuera de la protección que marca la ley vigente. 

Los resultados de la Encuesta Intercensal indican que de cada 10 personas sin registrar en el país, 6 son niñas, niños y adolescentes, lo que equivale a 527,963 menores de 18 años que no tienen una identidad legal.

Ni siquiera para el primer año de vida se garantiza este derecho, el promedio nacional alcanza solamente el 84.6%, con diferencias entre entidades federativas que van del 63% en Chiapas, pasando por el 82.5% en Michoacán, llegando al 94.2% en Querétaro. 

Por lo anterior, la legisladora busca que desde hospitales y centros de salud se garantice su interés superior y que ningún niño o niña sea invisible legalmente.